Ayudas para demolición de ruinas industriales. Convocatoria 2012.
Conceder ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales. Dichas ayudas consisten en préstamos a largo plazo y sin interés a devolver en las condiciones establecidas en el artículo 15 del Decreto 75/1998, de 21 de abril (BOPV nº 83 de 7 de mayo de 1998).
1.259.524,94 euros, de los cuales 59.524,94 euros serán para el ejercicio 2012 y 1.200.000 euros para el ejercicio 2013
- 2012ko apirilaren 20ko Agindua (BOPV N 78/2012)
La Orden señala el plazo y el lugar de presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el decreto 75/1998, de 21 de abril más abajo especificado, para este año 2012
- Decreto 75/1998, de 21 de abril. (BOPV N 83/1998)
Conceder ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales. Dichas ayudas consisten en préstamos a largo plazo y sin interés a devolver en las condiciones establecidas en el artículo 15 del Decreto.
Las solicitudes podrán presentarse en el registro del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca -Calle Donostia 1, Lakua 2, 2º piso. 01010 Vitoria-Gasteiz-.
- De lunes a jueves de 9 a 13 y de 15 a 16:30.
Los viernes de 9 hasta la 13 horas.
En estos lugares también se podrán presentar:
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Teléfonos del Servicio de Ordenación del Territorio:
- Telefono: 945019865 / 945019863
De lunes a jueves de 9:00 a 13:00 y 15:00 a 16:30.
Viernes de 8:00 hasta las 13:00
Las solicitudes podrán presentarse en el registro del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca -Calle Donostia 1, Lakua 2, 2º piso. 01010 Vitoria-Gasteiz-.
- De lunes a jueves de 9 a 13 y de 15 a 16:30.
Los viernes de 9 hasta la 13 horas.
En estos lugares también se podrán presentar:
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Las solicitudes podrán presentarse en el registro del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca -Calle Donostia 1, Lakua 2, 2º piso. 01010 Vitoria-Gasteiz-.
- De lunes a jueves de 9 a 13 y de 15 a 16:30.
Los viernes de 9 hasta la 13 horas.
En estos lugares también se podrán presentar:
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Conceder ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales. Dichas ayudas consisten en préstamos a largo plazo y sin interés a devolver en las condiciones establecidas en el artículo 15 del Decreto 75/1998, de 21 de abril (BOPV nº 83 de 7 de mayo de 1998).
Personas privadas, tanto físicas como jurídicas, Ayuntamientos, Diputaciones Forales o cualquier otra Administración Pública, así como Entes u Organismos de ella dependientes
Ser propietario registral de los edificios e instalaciones a demoler.
También los Ayuntamientos, aun sin ser propietarios, siempre que actúen en virtud de ejecución subsidiaria, con las formalidades y requisitos establecidos en su legislación específica.
1.259.524,94 euros
59.524,94 euros serán para el ejercicio 2012 y 1.200.000 euros para el ejercicio 2013
Hasta el 100% del presupuesto solicitado (IVA excluido).
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Escrito de formalización de la solicitud (ver formulario anexo a la Orden de 4 de abril de 2012).
- Documento acreditativo de la personalidad o de la representación que ostenta.
Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación que ostenta
- Certificado del Registro de la Propiedad.
Certificado del Registro de la Propiedad en el que se haga constar la titularidad del dominio del suelo y de la construcción o edificación existente, así como de los gravámenes que sobre los mismos consten. En el supuesto de que la adquisición de la propiedad objeto de derribo sea reciente bastará con copia de la escritura pública de transmisión de la propiedad a favor del solicitante y del asiento de presentación en el Registro de la Propiedad competente.
- Anteproyecto o Proyecto.
Anteproyecto o Proyecto, del que se desprenda el importe total de las obras de demolición y justificación de la cuantía de los honorarios profesionales (incluidos Proyecto y Dirección de Obra). Se admitirá como orientativo el cálculo de honorarios conforme a tarifas de colegios profesionales competentes para llevar a cabo los derribos. El Proyecto deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los recursos de construcción y demolición.
- Inventario de los materiales almacenados.
Inventario y caracterización de los materiales almacenados o abandonados en el recinto industrial (se podrá incluir en el Anteproyecto o Proyecto).
- Destino final material resultante.
Destino final, o en su caso método de eliminación del material resultante (se podrá incluir en el Anteproyecto o Proyecto).
- Documento ayudas otorgadas o solicitadas a otros entes con la misma finalidad.
Documento en el que se hagan constar las cuantías de las ayudas que, en su caso, hayan sido otorgadas o solicitadas a otros entes con la misma finalidad, con expresión de su importe. De no existir otras ayudas se hará constar esta circunstancia.
- Documento en el que se hagan constar las cuantías de las ayudas de "mínimis"
Documento en el que se hagan constar las cuantías de las ayudas de "mínimis" que, en su caso, le hayan sido concedidas durante los 2 ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso. De no existir tales ayudas se hará constar esta circunstancia mediante declaración responsable de no haber recibido en dichos ejercicios fiscales ayudas de "mínimis" de ninguna Administración o Ente público, nacional o internacional.
- Certificado de la Hacienda Foral relativo a la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias.
En el supuesto de que la cuantía de la ayuda supere los 1.803 euros, los beneficiarios (con excepción de los Entes o Instituciones que pertenezcan al Sector Público Vasco) deberán presentar el certificado de la Hacienda Foral competente relativo a la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias
- Copia adverada del Expediente de Declaración de Ruina tramitado.
Copia adverada del Expediente de Declaración de Ruina tramitado, incluido el acuerdo de ejecución subsidiaria (sólo para el supuesto de que los ayuntamientos soliciten la ayuda en virtud de orden de ejecucíón subsidiaria dictada por los mismos).
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
2012ko maiatzaren 21ean
Dos meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejero/a de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejero/a de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.